estas conferencias fueron una experiencia muy importante en mi vida ya que con esas aprendimos:
♠como realizar una hoja de vida
♠como presentarnos para una entrevista
♠como alejarnos del vicio
♠informacion de las tics
♠como patrocinarnos con una empresa
y lo mas importante
♠como ser unos buenos aprendizes del SENA
lunes, 21 de diciembre de 2009
miércoles, 2 de diciembre de 2009
problematica de la educacion en colombia
Colombia, es un país superior y sabio sin embargo, en los últimos años la educación cada día va decayendo y mucha gente aun no tiene la posibilidad de acceder debido, a los altos ingresos que estos producen y también a la baja calidad de docentes que no tienen una adecuada preparación o simplemente, no hay una excelente capacitación y apoyo.
Por otro lado, otro problemática que tiene la educación radica en la violencia por la pasa nuestro país; desde hace más de 40 años sufrimos este flagelo que aun no nos deja progresar. El problema es que, existen varios municipios de varios departamentos como: Chocó, Antioquia, Valle entre otros en donde, la guerra hace sus estragos y por consiguiente, varios niños y niñas son desplazados o no pueden estudiar debido, a este problema que tanto nos aqueja.
Por otro lado, otro problemática que tiene la educación radica en la violencia por la pasa nuestro país; desde hace más de 40 años sufrimos este flagelo que aun no nos deja progresar. El problema es que, existen varios municipios de varios departamentos como: Chocó, Antioquia, Valle entre otros en donde, la guerra hace sus estragos y por consiguiente, varios niños y niñas son desplazados o no pueden estudiar debido, a este problema que tanto nos aqueja.
articulo 15 del 2003
articulo 3 INCUMPLIMIENTO DE LA RELACIÓN DE APRENDIZAJE POR PARTE DE LA EMPRESA PATROCINADORA.
1-El incumplimiento y/o imprecisión en la información reportada al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en relación con el número de trabajadores vinculados a la empresa.
2-El incumplimiento a la contratación del número mínimo obligatorio de aprendices o el pago de la monetización cuando el empleador opte por esta alternativa.
3-Cuando transcurridos diez dias hábiles contados a partir de la ejecutoría del acto administrativo por el cual se regula la cuota de aprendices, el empleador no efectúa la monetización.
4- Cuando no le permitan al aprendiz realizar las prácticas en la actividad objeto de la relación de aprendizaje
5. El no pago del valor del apoyo de sostenimiento.
6. La mora en el pago del valor del apoyo de sostenimiento.
7. El no pago oportuno de los aportes a la seguridad social en salud y riesgos profesionales del aprendiz.
ARTÍCULO 5o. CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE. La relación de aprendizaje se podrá interrumpir temporalmente en los siguientes casos:
1. Licencia de maternidad.
2. Incapacidades debidamente certificadas.
3. Caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con las definiciones contenidas en el Código Civil.
4. Vacaciones por parte del empleador, siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica
1-El incumplimiento y/o imprecisión en la información reportada al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en relación con el número de trabajadores vinculados a la empresa.
2-El incumplimiento a la contratación del número mínimo obligatorio de aprendices o el pago de la monetización cuando el empleador opte por esta alternativa.
3-Cuando transcurridos diez dias hábiles contados a partir de la ejecutoría del acto administrativo por el cual se regula la cuota de aprendices, el empleador no efectúa la monetización.
4- Cuando no le permitan al aprendiz realizar las prácticas en la actividad objeto de la relación de aprendizaje
5. El no pago del valor del apoyo de sostenimiento.
6. La mora en el pago del valor del apoyo de sostenimiento.
7. El no pago oportuno de los aportes a la seguridad social en salud y riesgos profesionales del aprendiz.
ARTÍCULO 5o. CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE. La relación de aprendizaje se podrá interrumpir temporalmente en los siguientes casos:
1. Licencia de maternidad.
2. Incapacidades debidamente certificadas.
3. Caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con las definiciones contenidas en el Código Civil.
4. Vacaciones por parte del empleador, siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica
ley 119
resumen del articulo 3: El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, tendrá los siguientes objetivos:
1-Dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, para que requieran dicha formación y aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social del país.
2-Fortalecer los procedimientos de formación profesional que ayuda con el desarrollo comunitario a nivel social, para su vinculación en actividades productivas de interés social y económico.
3-aplicar estrategias dirigidas a la cobertura y la calidad de la formación profesional integral.
4- Participar en actividades de investigación y desarrollo tecnológico, dentro del plantel para el mejoramiento y formacion de este.
5-Propiciar las relaciones internacionales tendientes a la conformación y operación de un sistema regional de formación profesional integral dentro de las iniciativas de integración de los países de América Latina y El Caribe.
6-Actualizar la infraestructura pedagógica, tecnológica y administrativa para responder a los cambios de la formación integral
ARTÍCULO 4o. FUNCIONES. Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes:
1-consientizar al ciudadano para hacer de él útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos.
2-mantener un buen orden de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.
3-Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.
4-mantener el orden de los programas de formación profesional para que se mantenga la unidad
técnica.
5- administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral
6-realizar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en lo previsto de las disposiciones legales respectivas.
7-Diseñar, promover metodos de formación profesional integral para sectores mas desamparados de la población.
8-Dar capacitación en aspectos socioempresariales a los productores y comunidades del sector social.
9-Organizar programas integrales para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.
10-Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.
11-Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.
12-Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en las investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y actualización de la clasificación nacional de ocupaciones,para que sirva de insumo a la planeación y elaboración de planes.
13- Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.
14-Prestar servicios tecnológicos y formación profesional integral, cuyos costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando los programas de formación profesional no sean afectados.
1-Dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, para que requieran dicha formación y aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social del país.
2-Fortalecer los procedimientos de formación profesional que ayuda con el desarrollo comunitario a nivel social, para su vinculación en actividades productivas de interés social y económico.
3-aplicar estrategias dirigidas a la cobertura y la calidad de la formación profesional integral.
4- Participar en actividades de investigación y desarrollo tecnológico, dentro del plantel para el mejoramiento y formacion de este.
5-Propiciar las relaciones internacionales tendientes a la conformación y operación de un sistema regional de formación profesional integral dentro de las iniciativas de integración de los países de América Latina y El Caribe.
6-Actualizar la infraestructura pedagógica, tecnológica y administrativa para responder a los cambios de la formación integral
ARTÍCULO 4o. FUNCIONES. Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes:
1-consientizar al ciudadano para hacer de él útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos.
2-mantener un buen orden de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.
3-Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.
4-mantener el orden de los programas de formación profesional para que se mantenga la unidad
técnica.
5- administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral
6-realizar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en lo previsto de las disposiciones legales respectivas.
7-Diseñar, promover metodos de formación profesional integral para sectores mas desamparados de la población.
8-Dar capacitación en aspectos socioempresariales a los productores y comunidades del sector social.
9-Organizar programas integrales para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.
10-Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.
11-Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.
12-Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en las investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y actualización de la clasificación nacional de ocupaciones,para que sirva de insumo a la planeación y elaboración de planes.
13- Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.
14-Prestar servicios tecnológicos y formación profesional integral, cuyos costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando los programas de formación profesional no sean afectados.
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